Tegucigalpa, Honduras 7 de
mayo de 2013.- Un caso de discriminación racial al interior
de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), fue denunciado ante la
Fiscalía Especial de Etnias y Patrimonio Cultural (FEEPC), algo que se convierte
en un indicativo de que la sociedad hondureña aún está lejos de vencer este
terrible mal y más intolerable todavía por tratarse de la máxima casa de
estudios.
La victima es el joven garífuna Osbin Francisco Pérez Álvarez de 21 años,
originario de la comunidad garífuna de San Antonio, departamento de Colón y
estudiante de la carrera de Arquitectura. El referido se presentó al MP junto al
director de derechos humanos de la Secretaría de Pueblos Indígenas y
Afrohondureños (SEDINAFROH), abogado Naun Batiz.
El denunciado es Miguel Antonio Fiallos catedrático de arquitectura quien
fue señalado por Pérez Álvarez como autor del delito discriminación racial en
su contra, producido en dos ocasiones en el marco de la interacción entre ambos
como educador y alumno.
La relación de hechos reflejados en la denuncia número FEEPC-11444-2013,
indica que “el primer incidente ocurrió cuando trabajando junto a mi compañero
Gerardo Pérez, él (Miguel Antonio Fiallos) se nos acercó y nos empezó hablar de
que no había negros arquitectos porque la UNAH era muy difícil y que los negros
prefieren las privadas porque son mas flexibles y todo se resuelve con dinero”.
“El segundo incidente ocurrió el 26 de abril del presente año, al finalizar
la clase de Introducción al Diseño nos preparábamos a abandonar el aula cuando él
llegó y empezó a hablar que siempre era mejor se arquitecto que dibujante, que
un arquitecto no tenía porque andar dibujando, que un arquitecto podía
contratar a varios esclavos negros para dibujar y el arquitecto sólo llegaba a
cobrar, esto lo dijo frente a todos mis compañeros de clase”, establece Pérez
Álvarez.
Ante esta situación el denunciante solicita al Fiscal General la suspensión
permanente y que el denunciado nunca vuelva a dar clases en ninguna institución,
ya sea privada o pública. La denuncia fue recibida por la receptora Alejandra
Paz, el pasado lunes 6 de mayo de 2013 a
las 2:10 de la tarde.
El estudiante también presentó su denuncia ante el Comisionado
Universitario, definido como “el órgano de
la UNAH establecido para velar por el respeto a los derechos y libertades de
los estudiantes… ante las actuaciones de los diferentes órganos universitarios,
contribuyendo a la eficacia del derecho de petición y a la construcción de la
ciudadanía universitaria”.
En el portal respectivo de internet se indica en qué momento debe
solicitarse intervención del Comisionado Universitario, una de las cuales es “Cuando
presumes que una autoridad universitaria (académica, docente, administrativa o
de servicio) te ha violentado un derecho.
Caso similar en Colombia
Recientemente la Corte Constitucional de Colombia dirimió un caso similar resolviendo
terminar con la discriminación racial en las Universidades. Según publicación la
reconocida revista Semana “La Corte deja claro que por ninguna razón los
maestros del país podrán emplear términos como "negro" para
estereotipar a una raza”.
Además, el Alto Tribunal dijo que los profesores en el país no podrán
utilizar expresiones discriminatorias a las comunidades afrodescendientes.
"Por tanto una persona, en calidad de profesor viola los derechos a
la educación y a la igualdad (en especial, el derecho a no ser discriminado),
cuando emplea durante una sesión de clase una expresión claramente racista para
presentar un ejemplo", dice la sentencia.
La Corte asevera, además, que "los profesores que utilicen estas
frases violan la Constitución porque vulneran evidentemente los derechos de la
población".
Semana sigue con que “La Corte ordena a la Universidad Distrital Francisco
José de Caldas que realice un acto simbólico de carácter público para celebrar
los aportes de la comunidad afrocolombiana a la comunidad universitaria y a la
sociedad en general. En especial, se deberá exaltar el aporte a la construcción
de una comunidad académica incluyente y respetuosa del orden constitucional
vigente.
Instrumentos Internacionales
Honduras es signataria de la Convención para la Eliminación de la discriminación racial, la xenofobia
y las formas conexas de intolerancia. Este instrumento consagró el firme
compromiso de la comunidad internacional para combatir el racismo, la
discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia en el
plano nacional, regional e internacional. Los Estados se comprometieron a
que, en cooperación con las organizaciones intergubernamentales a intensificar
la lucha contra el racismo.
El racismo es un delito penalizado por el
Código Penal de Honduras, que en su artículo 321 reza lo siguiente:" “Será
sancionado con reclusión de tres (3) a cinco (5) años y multa de treinta mil
(L. 30,000.00) a cincuenta mil Lempiras (L, 50,000.00) quien haga objeto de
discriminación a otra persona por motivo de sexo, raza, clase, religión,
militancia partidista o política, adolecimiento de una discapacidad y cualquier
otra lesiva a la dignidad humana. Si el responsable es extranjero se le
expulsará del territorio nacional una vez cumplida la condena.
Además de acuerdo con el Artículo 105 del
Código Penal, todo aquél que incurre en responsabilidad penal por un delito o
falta de racismo es también responsable civilmente. Esta responsabilidad civil
comprende, según lo establece el artículo 107 del Código Penal, la restitución,
reparación de los daños materiales y morales y la indemnización de perjuicios.
La Constitución de la República, plantea:
Artículo 59. La persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado.
Todos tienen la obligación de respetarla y protegerla. La dignidad del ser
humano es inviolable... Artículo 60. Todos los hombres nacen libres e iguales
en derechos. En Honduras no hay clases privilegiadas. Todos los hondureños son
iguales ante la Ley. Se declara punible toda discriminación por motivo de sexo,
raza, clase y cualquier otra lesiva a la dignidad humana. La Ley establecerá
los delitos y sanciones para el infractor de este precepto. Artículo 62. Los
derechos de cada hombre están limitados por los derechos de los demás, por la
seguridad de todos y las justas exigencias de bienestar general y del
desenvolvimiento democrático.
En adición a lo anterior la Declaración Universal de Derechos Humanos
establece que Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse
fraternalmente los unos con los otros.
Luego de la formalización de la denuncia, el abogado Batiz sostuvo que
corresponde ahora la recolección de pruebas por parte del Ministerio Público, para
comprobar si hay méritos para presentar el requerimiento fiscal, pero antes citarán a las partes para una probable conciliación.
No hay plazo definido para este proceso, pero los ofendidos esperan que haya
celeridad por parte del ente acusador público.